Uso de cámaras de videovigilancia
Este caso se sitúa en un centro de acogida residencial que recibe regularmente la visita de los familiares, los cuales pueden acceder a todas las instalaciones del centro. En algunas ocasiones se han producido pequeños hurtos, especialmente en los vestuarios y en la sala de personal. La dirección del centro ha decidido instalar cámaras de vigilancia en diferentes lugares, pero por respecto a la intimidad de los trabajadores se había evitado hacerlo en la sala de personal. El incremento de incidencias en este espacio ha hecho que los directivos se planteen poner también, dado que es legal, pero tienen dudas sobre su eticidad.
Espacio de Reflexión Ética de Sant Tomàs

Descripción del caso
La dirección del Servicio de acogida residencial destinado a personas con discapacidad intelectual, en el que viven 56 personas permanentemente y hay 7 usuarios que utilizan el centro de acogida diurna que se ofrece, están atendidos por un equipo de profesionales y de atención directa.
La mayoría de las personas que viven en el centro reciben regularmente la visita de sus familiares. Cuando hay visitas, el centro permite que accedan a todas las instalaciones, tanto interiores como exteriores, para que puedan disfrutar de un rato agradable con su familiar, si no hay posibilidad de que la persona pueda ir al domicilio familiar.
Desde hace algunos años el centro ha sido objeto de algunos robos, especialmente en las aulas, los vestuarios y la sala de personal, por lo que el centro dispone de cámaras de videovigilancia en la recepción, pasillos, comedor y en el parking. Actualmente, y con cierta frecuencia, desaparecen las meriendas y fiambreras de la sala de personal. Este espacio está situado junto a los vestuarios, pero es una zona separada y cerrada de la sala anexa. En esta sala de personal es donde los profesionales hacen su descanso y donde comen. Este espacio también se ofrece a las familias y otras visitas, ya que es la zona donde están las máquinas del café y vending.
La dirección del centro decidió en un inicio no poner cámaras en este espacio, para respetar la intimidad de los profesionales. Sin embargo, en los últimos meses se detecta que hay muchas incidencias y se plantea la posibilidad de poner una cámara. Saben que legalmente es una opción viable, pero se cuestionan si éticamente lo es. Por eso deciden hacer una consulta en el Espacio de Reflexión Ética (ERESS).
Identificación del problema ético
Legalmente es posible poner una cámara en la sala de personal y haciéndolo se minimizarían los riesgos de robos, pero éticamente es mejor preservar el derecho a la intimidad del personal y no poner cámaras de videovigilancia.
El espacio donde se quiere poner la cámara se utiliza en el momento de descanso del personal y se considera que el hecho de que hubiera una cámara podría ser un elemento fuertemente intimidatorio
Deliberación
Durante la deliberación del caso en el ERESS, se plantean los diferentes usos que se hacen de la sala de personal. Además de ser la sala donde se deja la comida y la sala donde se come, también es la sala que da acceso a los vestuarios. Este espacio también se utiliza por parte de personas que no son personal del centro, tales como familias y trabajadores del servicio de limpieza y lavandería; estas personas son contratadas por la misma entidad y algunas de ellas tienen discapacidad intelectual.
Se plantea que el hecho de poner una cámara de videovigilancia en la sala de personal podría ser una medida disuasoria para resolver la situación, pero esta medida puede generar una gran pérdida de intimidad para las personas que trabajan en el centro, y al mismo tiempo generar desmotivación por parte de los profesionales, por la falta de confianza que simboliza la instalación de cámaras de videovigilancia por parte de la dirección. También se valora que en otros espacios ya se dispone de cámaras de seguridad y, sin embargo, han continuado los robos. El espacio donde se quiere poner la cámara se utiliza en el momento de descanso del personal y se considera que el hecho de que hubiera una cámara podría ser un elemento fuertemente intimidatorio.
Resolución
Tras la deliberación del ERESS y después de sopesar los beneficios y perjuicios del uso de una cámara de videovigilancia en la sala de personal, acuerda recomendar a la dirección del centro –que es quien ha hecho la consulta– que la medida de instalar cámaras de videovigilancia en la sala de personal debería ser la última opción a aplicar. Previamente habría que hacer algunas acciones pedagógicas para resolver esta situación. La recomendación se fundamenta en el derecho a la intimidad del personal, ya que el espacio donde se quiere instalar la cámara es muy personal e íntimo, y se tendría que poder preservar esta intimidad. Sin embargo, se considera que si a pesar de todas las medidas adoptadas por la dirección se siguen produciendo este tipo de hechos, la instalación de cámaras de videovigilancia no debería descartarse del todo. En este sentido se hace un conjunto de recomendaciones a la dirección del centro.
Recomendaciones
Desde el ERESS se recomienda a la dirección:
- Comunicar a todo el personal del centro que se ha hecho una consulta al ERESS sobre la cuestión de los robos, e informarles de que se llevarán a cabo una serie de acciones para proteger, por encima de todo, el derecho a la intimidad de los trabajadores, pero que si no funcionan, y como última acción, no se descarta poner una cámara de videovigilancia en la sala de personal.
- Valorar si sería positivo que el vestuario se pudiera cerrar con llave, podría ser una llave maestra. Creemos que si alguna persona coge algo y lo ha de esconder en la taquilla, tiene más dificultad si antes tiene que abrir la puerta con llave.
- Analizar si es conveniente minimizar el número de personas que pasan por la sala de personal. Quizás se podría encontrar un espacio mejor para poner la máquina del café (comedor, recepción, etc.). Esta también es una buena medida de respeto a la intimidad de los profesionales.
- Proponer elaborar un documento (registro) para pegarlo en la nevera, donde constara la fecha en que se deja en la nevera y quién lo deja. Sería recomendable que en los tuppers se pusiera el nombre del propietario/a. Pensamos que esto puede generar empatía hacia la persona a la que se coge la comida y podría ser disuasivo.
Aclaraciones
Servicio de acogida residencial y centro de acogida diurna: Estos servicios están destinados a personas con discapacidad intelectual que requieren apoyo generalizado y que pueden presentar problemas de salud y/o de salud mental añadidos. Ambos servicios son sustituidores del hogar y de atención integral a la persona para promover el bienestar general y la mejora de la calidad de vida de las personas atendidas y de sus familias, y para favorecer el mantenimiento y la recuperación del máximo grado de autonomía personal y social. También se busca que haya una buena interacción con el entorno, potenciar la inclusión social y el ejercicio de los derechos de ciudadanía de los usuarios del servicio.
Equipo de profesionales: el equipo que atiende a estas personas está formado por el equipo técnico: dirección técnica, psicólogos, pedagogos, trabajadora social, enfermera y fisioterapeutas; y profesionales de atención directa que se organizan en tres turnos de atención: turno de mañana de 08:00 a 15:00 h, turno de tarde de 15:00 a 22:00 h y turno de noche de 22:00 a 08:00 h. El fin de semana también hay tres turnos. Todos los turnos cuentan con un coordinador.
Para citar este artículo: Jutglar, N. Uso de cámaras de videovigilancia. Bioètica & debat · 2016; 22(78): 22-23.